Por: Nydia Morales
Las acciones que el Estado y sus instituciones han aportado para el combate de trata de mujeres con fines de explotación sexual, mayoritariamente en el ámbito legislativo tienen antecedentes desde el control de la prostitución.
La legislación mexicana evidencia dos momentos del control de esta actividad, a partir de la cual muchas mujeres se convierten en un producto manipulado por las redes de trata.
En principio las autoridades tuvieron el objetivo de vigilarla y reglamentarla debido a los temores de propagación de enfermedades venéreas. Los temas a debate referían a cuestiones sanitarias, de “higiene pública” y a su camuflaje en una sociedad “de buenas costumbres” que no podía prescindir de esta actividad “necesaria” para los hombres de todas las clases sociales.
El control fue a través de un padrón de prostitutas. La mujer era sometida a una serie de inspecciones a fin de identificar su salud, para ser colocada dentro de una categoría de belleza y de clase social a fin de hacer eficiente el servicio a los clientes, así como para verificar la cantidad de impuestos que debía aportar.
Si bien la esclavitud en todas sus formas se abolió en México desde 1810 y se estableció en la constitución de 1924, la prostitución no se había pensado como una violación a la libertad y los derechos más elementales de las mujeres. Antes de la década de 1930 los derechos humanos de la mujer prostituta no eran objeto de interés, al menos para la legislación mexicana.
Mientras tanto, organismos internacionales ya habían colocado sobre la mesa, temas en torno a la preocupación por la venta de seres humanos, por la trata de personas de origen africano, de blancas, por las condiciones de trabajo desfavorables e inhumanas que algunas mujeres y niñas vivían.
Incluso en 1924 México formó parte de una conferencia en Cuba donde se suscribió a la abolición de la reglamentación de la prostitución, no obstante en 1926 expidió el último reglamento para la prostitución en el país.
Después de 1930, el Estado mexicano apenas planteaba suprimir la reglamentación de la prostitución, años más tarde adoptó una serie de instrumentos internacionales que evidenciaron el interés por atender y erradicar problemas asociados con la trata de seres humanos y la explotación sexual comercial, principalmente niñas y mujeres jóvenes menores de 18 años, hasta llegar al Decreto de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, así como para la Protección y Asistencia de las Víctimas de esos delitos.
Esta larga lista de esfuerzos del Estado, muestra la intención por combatir la explotación de la prostitución ajena y por preservar la dignidad y el libre desarrollo de las personas. Pero por otro lado, deja entrever la necesidad de replantear la coherencia entre los objetivos de la ley, los procedimientos para su cumplimiento y las necesidades de información desde los contextos particulares donde se genera este problema, a fin de volver eficiente la idea de protección y cumplimiento de leyes que cuiden, promuevan y garanticen los derechos humanos de todas las personas.
FUENTE: Observatorio Ciudadana Cero Trata