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Modificaciones impulsadas en el Senado por el PRI y el PVEM y que el Colectivo por la Transparencia, México Infórmate y la Red por la Rendición de Cuentas califican de regresivas:

· Transparentar violaciones a DDHH

– El artículo 115 establece que no puede declararse información reservada cuando se trate de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa   humanidad. Sin embargo, la iniciativa de sociedad civil establecía que la trascendencia social de las violaciones era suficiente motivo para publicitar los datos.

– La propuesta del PRI elimina esa posibilidad y agrega que se necesita el pronunciamiento de alguna autoridad competente que confirme las violaciones a derechos humanos para que la información no se reserve

· Se elimina el sistema de sanciones

– En la iniciativa de sociedad civil y senadores se incluyó un capítulo para sancionar el incumplimiento a las obligaciones de transparencia, es decir, castigar a los sujetos obligados que declaren inexistencia de información cuando sí la tengan, por ejemplo; o que reserven datos sin justificación.

– En la propuesta de la Consejería Jurídica del Ejecutivo se elimina por completo el capítulo y deja sin sanción las violaciones al derecho de acceso a la información.

· Negar información, sin justificación

– Actualmente, cuando un sujeto obligado niega información al ciudadano debe comprobar el daño que causa entregar esos datos.

– La propuesta del PRI es que ya no tengan que justificar por qué no están entregando la información a menos que el ciudadano acuda a un órgano garante (el Instituto Federal de Acceso a Información, IFAI; o el equivalente en los estados).

– Según sociedad civil esto abre la puerta a que todos los sujetos obligados opten por negar información apostando a que, según estadísticas del IFAI, un porcentaje mínimo de ciudadanos se quejan ante el órgano garante y sólo en ese caso tendrían que justificar la negativa o entregar los datos.

· Causales de reservas y sin tiempo para abrir la información

– Además de que se mantiene como causal de reserva la estabilidad económica ⎯según Colectivos por la Transparencia es una causal muy amplia y ambigua; y en los términos de la iniciativa todo podría considerarse que atenta contra la estabilidad económica como la corrupción o un caso de violación de derechos⎯ se convierte en un tema de reserva infinito.

– Cuando se reserva información por temas de estabilidad económica, financiera y monetaria y para las cuestiones que tienen que ver con infraestructura de servicios públicos, no existe tiempo límite para abrir la información.

– Y en los casos que sí tienen periodo de reserva, se incrementan los tiempo: en lugar de cinco años se propone que sean siete y cuando se solicita y aprueba un plazo para ampliar la reserva, en lugar de dos, podrían ser cinco.

· Sin prueba de daño

– Uno de los mayores logros de sociedad civil en la discusión de la iniciativa había sido que los senadores aceptaron incluir una prueba de daño, es decir, los Comités de transparencia de cada sujeto obligado deberían analizar el impacto que tiene en la sociedad cierto tipo de información y así determinar si debería ser pública y no reservarse, privilegiando el derecho a la información.

– En los cambios del PRI y Presidencia se elimina la prueba de daño y en lugar de que los Comités justifiquen la clasificación de información sólo confirman o revocan la decisión.

– Condonaciones fiscales, no sabremos a quién sí

– El PRI y el PVEM impulsan que sólo se deban publicar los montos de las cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales, en lugar de los nombres de los beneficiados, como proponía sociedad civil.

· Instituciones de inteligencia, un trato diferenciado

– Tras la reforma constitucional en la materia se fortaleció la figura de los Comités de Transparencia de cada sujeto obligado, encargados de garantizar mejores prácticas en la entrega o reserva de información.

– Sin embargo, el PRI está proponiendo que las instituciones de inteligencia no cuenten con este Comité y que corresponda a los titulares de las instancias de gobierno determinar qué datos son reservados.

– Los beneficiados de esta diferenciación serían: El Centro de Investigación y Seguridad Nacional; el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia; el Centro Federal de Protección a Personas; la Dirección de Coordinación de Inteligencia de la Comisión Nacional de Seguridad; la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada; el Estado Mayor Presidencial, el Estado Mayor de la Defensa Nacional y el Estado Mayor General de la Armada.

· Más poder al Ejecutivo

– Aunque sociedad civil no pudo evitar en las mesas de trabajo con senadores que el Consejero Jurídico de la Presidencia tuviera la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando considere que el fallo del IFAI al ordenar la apertura de cierta información atenta contra la seguridad nacional; con la propuesta del Ejecutivo además de mantener esa facultad se añade que cualquier instancia pueda acudir al Consejero para pedirle que solicite a la Corte la revisión de una resolución del IFAI y se mantengan ciertos datos reservados

Fuente:

http://www.animalpolitico.com/2015/02/ley-de-transparencia-los-cambios-que-propone-el-pri-y-que-osc-califican-de-regresivos/